Desde el 1 de abril, no tendrás que entregar el parte de baja en la empresa. Irá por vía telemática
Como hicimos hace algunas semanas, volvemos a recordarte hoy una importante novedad en materia de legislación laboral española:
Desde el próximo 1 de abril, el trabajador/a ya no tendrá que entregar el parte de baja médica o incapacidad temporal a su empresa, sino que las comunicaciones se harán por vía telemática entre las Administraciones y dicha empresa.
Desde esa fecha, la baja médica no tendrá por qué ser expedida únicamente por el médico de cabecera o mutua, sino por el facultativo que atienda en el momento de solicitarla, por ejemplo en urgencias, si fuese