Recuerda cómo quedan el IPREM, la prestación por desempleo y el SMI en 2023

La prestación por desempleo (popularmente conocida como 'el paro') y el IPREM fueron actualizados en enero de cara al presente 2023. En primera instancia, no iba a pasar lo mismo con el SMI (manteniéndose el riesgo de quedar como en 2022), pero finalmente sí que el Ministerio y la parte sindical sacaron adelante la subida, pese a las reticencias de la patronal empresarial.

Con la publicación en el BOE de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, las cuantías del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) y de la prestación por desempleo se actualizaron.

Así, en 2023 el IPREM se fija en 600 euros/mes y 7.200 euros anuales (8.400 si hablamos para indicadores a 14 pagas) y 20 euros/día, lo que supone un incremento del 3,6% con respecto a 2022. El IPREM es el indicador que se toma de referencia para recibir ayudas, subvenciones y prestaciones sociales, así como para la indemnización mínima por despido o el acceso a una vivienda de protección oficial (VPO).

La información, de primera relevancia, la puedes repasar con el departamento de comunicación de USO Confederal en https://www.uso.es/paro-iprem-y-smi-asi-quedan-en-2023/, donde se detallan las explicaciones y novedades de dichas modificaciones, clasificadas en categorías como:

  • Nuevas cuantías para la prestación por desempleo
  • ¿Para qué sirve el IPREM y por qué es necesario que suba más?
  • Valoración de USO sobre el modo en que ha de revalorizarse el IPREM

El SMI fue modificado -y aumentado- finalmente en febrero

En el enlace anterior también encontrarás información sobre el salario mínimo interprofesional, PERO recuerda que lo que en principio se iba a quedar en SMI estancado (es decir, que no subiría y sí se quedaría como estaba en 2022), fue modificado más adelante, en el mes de febrero, como ya te contamos posteriormente en https://www.uso.es/asi-queda-el-smi-para-2023/.

De este modo, el Real Decreto 99/2023, publicado en el BOE el 15 de febrero de 2023, estableció el Salario Mínimo Interprofesional para 2023 en 1.080€/mes (36€/día), lo que supone una subida del 8% con respecto a 2022. Así, las preguntas clave son:

  • ¿Cuál es la cuantía del SMI para 2023? El SMI para 2023 es de 36€/día, 1.080€/mes, 15.120€/año. *Hay que recordar que el SMI se computa para 14 pagas, por lo que en aquellos empleos en los que estén prorrateadas las pagas, el importe del SMI será de 1.260€/mes.
  • ¿Cuándo entró en vigor esta revalorización? Pese a que su entrada en vigor fue el 16 de febrero, la subida del SMI se aplica con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2023, hasta el 31 de diciembre del presente año.
  • ¿Qué computa el SMI? En el salario mínimo se computa únicamente la retribución en dinero, sin que el salario en especie pueda, en ningún caso, dar lugar a la minoración de la cuantía íntegra en dinero de este. *Este salario se entiende referido a la jornada legal de trabajo en cada actividad, sin incluir en el caso del salario diario la parte proporcional de los domingos y festivos. Si se realizase jornada inferior se percibirá a prorrata.
  • ¿Cómo afecta el SMI a personas trabajadoras temporales, temporeros y empleadas de hogar? Las personas trabajadoras eventuales, así como las temporeras cuyos servicios a una misma empresa no excedan de 120 días percibirán, conjuntamente con el salario mínimo, la parte proporcional de la retribución de los domingos y festivos, así como de las dos gratificaciones extraordinarias a que, como mínimo, tiene derecho toda persona trabajadora, correspondientes al salario de treinta días en cada una de ellas, sin que la cuantía del salario profesional pueda resultar inferior a 51,15 euros por jornada legal en la actividad. *En el caso de empleadas y empleados de hogar, el salario mínimo de aquellas personas que trabajen por horas, en régimen externo será de 8,45 euros por hora efectiva trabajada.