Convocada huelga entre el personal de Tripulantes de Cabina de Lauda Europe en Palma

USO Illes Balears, con más del 10% de representación de los trabajadores/as del sector aéreo de esta comunidad y como sindicato mayoritario en el Comité de Empresa de LAUDA EUROPE LIMITED (del grupo Ryanair), ha comunicado a la Conselleria de Model Econòmic, Turisme i Treball de les Illes Balears la presentación en breve de un preaviso de huelga general en dicha empresa, en virtud de lo establecido en los artículos 3 y 4 del RDL 17/1977 de 4 de marzo.

Antecedentes y contexto del conflicto

El conflicto afecta principalmente a los y las tripulantes de cabina que tienen como base de centro de trabajo el aeropuerto de Son Sant Joan (Palma), esto es, un colectivo de unas 65 personas.

A pesar de que la empresa demandada se dedica al sector del Transporte Aéreo, no existe en ella convenio colectivo ni tampoco convenio del sector que pudieran ser de aplicación.

Los días 28 y 29 de abril, la sección sindical de USO-LAUDA EUROPE-Palma convocó en asamblea a los tripulantes de cabina en las instalaciones del aeropuerto de Palma, al objeto de votar la posible elección, en su caso, de la sección sindical de USO Sector Aéreo en Lauda Europe para liderar la negociación del I Convenio Colectivo de Tripulantes de Cabina de pasajeros en dicho aeropuerto. El proceso de votación fue libre, directo y secreto por parte del colectivo.

El resultado de la votación fue de 55 votos a favor, ninguno en contra y tampoco hubo nulos. Y fue por ello que se proclamó a nuestra sección sindical en Lauda Europe (empresa -volvemos a reiterar- perteneciente al grupo Ryanair) como la que representaría al colectivo de Tripulantes de Cabina en la empresa para negociar el I Convenio Colectivo, comunicándolo así el Presidente de la Mesa a la empresa.

Pero Lauda Europe negó de forma reiterada la legitimidad del mismo, así como la condición de la sección sindical a su legítimo derecho a la negociación colectiva del convenio por mandato de los trabajadores afectados, lo que va en contra de la precisión constitucional, que la configura como "instrumento esencial para la ordenación de las relaciones de trabajo". Es decir, la empresa vulnera, con su actuación, la libertad sindical reconocida en el art. 28.1 de la Constitución Española, al verse privada esta de realizar su actividad sindical por serle impedida la posibilidad de negociación.

A pesar de todo ello, la sección sindical de nuestro sindicato ha seguido manteniendo diversos contactos, con el fin de desatascar el tema. Sin embargo, y a pesar de los esfuerzos realizados, la representación empresarial ha prolongado una conducta obstinada, negándose de manera rotunda a abrir un proceso negociador.

Consecuencias

A todo lo anterior hemos de sumar, como recuerdan los compañeros del sector aéreo de USO, que "el sueldo de parte del personal afectado está, algunos meses, por debajo del SMI; que sufren amenazas por parte de la dirección empresarial cuando piden bajas por motivos médicos; y algunas otras razones de peso".

Es por todo ello que, la Unión Sindical Obrera de les Illes Balears, amparada en el art. 2.2.d de la Ley Orgánica de Libertad Sindical, convoca una HUELGA para los días: 2, 3, 9, 10, 16, 17, 23, 24, 30 y 31 de julio, durante las 24 horas de cada uno de esos días (de 00.00 h a 00.00 h), "con el objeto de no interrumpir totalmente el proceso productivo y con el ánimo de fomentar una actitud de diálogo que conduzca a la apertura de negociaciones en los términos ya descritos".

No obstante, y puesto que el centro de trabajo está sometido a trabajo por turnos, el comienzo de la huelga se efectuará en el primer turno (aunque empiece antes de las 00.00h de los días mencionados) y finalizará cuando acabe el último turno (aunque se prolongue después de las 00.00h de los días citados).

Objetivos de la huelga

El equipo de USO-Lauda Europe-Palma señala que, entre los objetivos de la medida, están:

  • "Que la empresa desista en su posición vulneradora, dando así cumplimiento de la Legislación Española en referencia al derecho de negociación colectiva en los términos establecidos en esta.
  • Que se constituya una mesa negociadora entre la dirección de la empresa y la sección sindical de USO Sector Aéreo en Lauda Europe, y que en esa mesa se reconozcan entre las partes la negociación de lo que debe ser el I Convenio Colectivo de Tripulantes de Cabina de Aeronaves".

En USO Illes Balears seguiremos informando.