¿Y si sufres un accidente mientras teletrabajas? Aquí una reciente sentencia laboral

Hoy nos hacemos eco de una noticia acontecida en Extremadura pero que podría tener futura vinculación y consecuencias con otros casos dados (o que pudieran darse) en la realidad laboral de cualquier rincón del país.

Recientemente, el Juzgado de lo Social de Cáceres nº 1 ha emitido una sentencia en relación a un accidente de trabajo sufrido por una trabajadora que prestaba servicios en modalidad de teletrabajo desde su domicilio.

Este hecho demuestra que la normativa actualmente existente para regular el teletrabajo es, aún, escasa y demasiado general, obligando al trabajador/a a poner en marcha diferentes mecanismos a su alcance para la defensa y reclamación de sus derechos.

Para más información sobre este asunto (cómo fue el accidente objeto de la presente sentencia; qué determinó la instancia pericial en un primer momento y cómo se desarrolló a posteriori; las reacciones de la Mutua y de la empresa; qué dice el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, Texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social en sus artículo 156.1 y 156.3; etc.), te invitamos a repasar la posición de USO con respecto a dicha problemática.