Claves de la Ley de reducción de la temporalidad en el empleo público

Ya conocemos los pormenores de la nueva Ley de reducción de la temporalidad en el empleo público, y la Federación de Atención a la Ciudadanía de USO confederal, en línea con lo aportado por la FAC de las respectivas Uniones, lamenta las inconcreciones de la nueva legislación, "que abren nuevas vías de precariedad"

El BOE publica hoy la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público. Una ley que por primar “las medidas urgentes”, se ha quedado “en una chapuza elevada a rango de ley y una oportunidad perdida para dejar resuelto un problema que afecta a miles de trabajadores y que ha sido obra de todos y cada uno de los gobiernos, sin excepción”, apunta Luis Deleito, secretario general de la Federación de Atención a la Ciudadanía de USO confederal.

Como punto positivo de la norma, FAC-USO destaca “que se haya tomado como base de la solución el propio Trebep, los puntos 6 y 7 del artículo 61. USO ha sido el único sindicato en proponer esa solución, que ya estaba aprobada y consensuada dentro del texto legal que ya regía el conjunto de las Administraciones Públicas. Positivo desarrollarlo; eso sí, han tardado seis años en hacerlo, desde su aprobación en octubre de 2015”.

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