Para convocar elecciones sindicales, lo primero es determinar la circunscripción electoral

Desde USO Illes Balears queremos hoy recordarte el proceso que has de llevar a cabo para convocar elecciones sindicales, para lo cual es necesario determinar antes de nada cuál es la circunscripción electoral. Así, diferenciamos entre:

  • Centro de trabajo
  • Centro de empresa
  • Agrupación de centros de trabajo
  • En la Administración pública. El establecimiento de las unidades electorales se regulará por el Estado y por cada comunidad autónoma, dentro del ámbito de sus competencias legislativas. Así, también hemos de tener en cuenta lo establecido para convocar elecciones sindicales en función de si competen a la Administración del Estado, si son para organismos de las comunidades autónomas, o si para la Administración local.

En la convocatoria de elecciones sindicales se debe definir cuál es la circunscripción electoral, es decir, el ámbito de celebración de los procesos electorales.

Para explicarte cada ámbito convocable, pasos a seguir, detalles que recoger, etc., entra en https://www.uso.es/elecciones-sindicales-distintas-circunscripciones-electorales/.