Excedencia voluntaria por cuidado de hijos u otros familiares: sentencia clara del TS

Una sentencia del Tribunal Supremo crea jurisprudencia: la excedencia voluntaria por cuidado de hijos u otros familiares es servicio activo a todos los efectos

La excedencia voluntaria por cuidado de hijos o cuidado de otros familiares dependientes debe equipararse a todos los efectos a servicio activo. Así lo ha dictado el Tribunal Supremo en la sentencia STS 1678/2020, de 17 de diciembre, Rec. 1365/2019, fallo de la Sección Cuarta de la Sala de los Contencioso-Administrativo.

La sentencia reconoce que la situación de excedencia voluntaria por cuidado de familiares debe equipararse a la de servicio activo. Así, se evita que la carrera profesional de las personas que hagan valer un permiso de este tipo se vea afectada negativamente por el ejercicio de dicho derecho.

Si quieres conocer todo cuanto supone esta decisión del TS, lee la siguiente información elaborada por nuestras compañeras de USO confederal: https://www.uso.es/excedencia-voluntaria-por-cuidado-de-hijos-o-familiares-es-servicio-activo/