ACTIVIDADES ESENCIALES QUE NO PARAN Y PERMISO RETRIBUIDO RECUPERABLE
Tras la publicación, a última hora del domingo 29 de marzo, del RD-ley que regula la paralización de actividades no esenciales, son muchos los trabajadores y empresarios que no saben exactamente si deben o no parar. Desde USO, tratamos de aclarar qué actividades son consideradas esenciales, a las cuales no se les aplica el llamado ‘permiso retribuido recuperable’. Estas personas trabajadoras deben continuar acudiendo a sus puestos de trabajo.
En el enlace https://www.uso.es/actividades-esenciales-que-no-paran/ podrás consultar todo lo que necesitas saber sobre:
¿Cuáles son las actividades que sí se consideran esenciales y deben seguir en funcionamiento
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