El 1 de abril cambia el modo en que pediremos, nos darán y tramitarán el parte de baja médica
enero 13, 2023

Novedad importante en materia de legislación laboral española:

Desde el próximo 1 de abril, el trabajador/a ya no tendrá que entregar el parte de baja médica o incapacidad temporal a su empresa, sino que las comunicaciones se harán por vía telemática entre las Administraciones y dicha empresa.
Igualmente, desde esa fecha, la baja médica no tendrá por qué ser expedida únicamente por el médico de cabecera o mutua, sino por el facultativo que atienda en el momento de solicitarla, por ejemplo en urgencias, si fuese el caso.

Son los dos principales cambios del Real Decreto

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