28-A: Enfermedades mentales, cáncer… La infradeclaración de enfermedades profesionales
abril 19, 2021

Las enfermedades profesionales son las contraídas a consecuencia del trabajo por cuenta ajena. Deben producirse en las actividades que se especifiquen en el cuadro aprobado por las disposiciones de aplicación y desarrollo. Y tienen que estar provocadas por la acción de los elementos o sustancias que en dicho cuadro se indiquen para cada enfermedad profesional recogida en el RD 1299/2006.

USO reclama la inclusión de los riesgos psicosociales en el listado de enfermedades profesionales, ya que los daños producidos por este tipo de riesgos no están reconocidos como tal y las dolencias que provocan pasan

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